Tensión alrededor del matrimonio de Eugenio Enríquez Disla llama la atención

En República Dominicana ha tomado fuerza una controversia legal y mediática relacionada con el nombre del empresario Eugenio Demetrio Enríquez Disla, luego de que dos versiones diferentes sobre su situación sentimental salieran a la luz pública y terminaran llevando el caso ante las autoridades competentes. El tema ha despertado gran interés en redes sociales, medios de comunicación y entre personas cercanas al entorno familiar, debido a las implicaciones legales, patrimoniales y personales que rodean este proceso.
La situación comenzó a recibir amplia atención cuando la joven Daris Ladies Lebrón aseguró públicamente en redes sociales que era la esposa del empresario. Sus declaraciones fueron recogidas en un reportaje publicado el 23 de enero de 2026 por Listín Diario, medio en el que se presentó su versión sobre una supuesta relación matrimonial de aproximadamente cuatro años con Enríquez Disla. A partir de esa publicación, el caso empezó a circular con rapidez en plataformas digitales, generando comentarios, dudas y reacciones encontradas entre usuarios que seguían de cerca el tema.
Sin embargo, con el paso de los días surgieron nuevos elementos que cambiaron el rumbo de la conversación pública. La periodista María Cristina Rodríguez presentó documentos que, según explicó, contradicen lo expresado inicialmente por Lebrón. Entre esos documentos figura un acta de matrimonio que demostraría que el empresario mantenía un vínculo matrimonial legal con Ángela Ninosca Arias de Enríquez, al momento en que ocurrieron los hechos que dieron origen a toda esta controversia.
De acuerdo con la información difundida, Ángela Ninosca ha sido descrita como una mujer de perfil reservado, de convicciones cristianas y alejada del protagonismo en redes sociales. Según lo expuesto en las publicaciones y entrevistas relacionadas con el caso, su relación con el empresario tuvo dos etapas importantes. La primera unión matrimonial se produjo en el año 2007, y posteriormente, tras una reconciliación, ambos formalizaron nuevamente su vínculo en 2015, etapa en la que además nació su segunda hija. Este dato ha sido presentado como parte esencial para sostener la posición legal de la familia.
Uno de los aspectos que más llamó la atención fue que, según el relato difundido, una de las hijas del empresario habría descubierto por medio de las redes sociales el video en el que Daris Lebrón se presentaba como esposa. Ese momento habría provocado una fuerte conmoción en el entorno familiar, especialmente porque, de acuerdo con la versión conocida, la señora Ángela ya tenía conocimiento desde 2024 de la relación sentimental extramarital, pero habría decidido manejar la situación con discreción para proteger la estabilidad emocional de sus hijas.

Tras la difusión del primer reportaje, Listín Diario publicó una segunda entrega luego de conceder el derecho a réplica a la esposa legal. En esa nueva publicación, el medio incluyó respaldo documental del acta matrimonial, fortaleciendo así la postura de Ángela Ninosca y de sus hijos. Fue entonces cuando, según se ha informado, Daris Lebrón modificó su discurso público y dejó de referirse a sí misma como esposa del empresario, pasando a utilizar el término prometida.
Este cambio de narrativa no detuvo el desarrollo del conflicto. Por el contrario, la controversia escaló hasta el ámbito judicial. Ambas partes han acudido al Ministerio Público para defender sus respectivas posiciones y procurar que se determinen responsabilidades y derechos conforme a la ley. En el centro del debate no solo está la validez de las declaraciones públicas, sino también el impacto que estas podrían tener en procesos relacionados con herencia, bienes, representación legal y posibles reclamaciones económicas.
Según lo que ha trascendido, Daris Lebrón habría solicitado una compensación relacionada con la situación del empresario, mientras que la esposa legal y los hijos también emprendieron acciones para resguardar sus derechos dentro del marco legal correspondiente. Este detalle ha hecho que el caso sea observado con especial atención, ya que involucra documentos oficiales, comunidad de bienes y una estructura familiar reconocida legalmente.

Otro elemento que sumó tensión al proceso fue el tema de un vehículo registrado a nombre del empresario. Conforme a las informaciones divulgadas, Lebrón retuvo dicho vehículo después de los hechos que pusieron el nombre del empresario en la agenda pública, lo que obligó a la familia a recurrir a la justicia para recuperarlo. Ese proceso, según se informó, ya fue resuelto por la vía correspondiente, lo que representa uno de los primeros puntos concretos definidos dentro de esta disputa.
También se ha indicado que Eugenio Enríquez Disla residía de manera permanente junto a su esposa legal y sus hijas, y que nunca presentó una solicitud formal de divorcio. Este punto ha sido utilizado como una de las bases principales para sostener que la unión legal con Ángela Ninosca seguía plenamente vigente. Además, se ha dado a conocer que actualmente ella preside la empresa del empresario, debido a que entre ambos existía una comunidad de bienes establecida conforme a la legislación dominicana.
La periodista María Cristina Rodríguez, al referirse al caso, aclaró que no pone en duda el dolor o la situación emocional de Daris Lebrón. No obstante, enfatizó que presentarse ante la justicia como esposa legal, cuando existen documentos que indicarían lo contrario, puede tener consecuencias importantes desde el punto de vista jurídico. Esa observación ha sido clave en el debate público, ya que traslada la discusión desde el plano emocional hacia uno estrictamente legal.

Mientras la controversia continúa su curso, el caso sigue generando atención en República Dominicana, tanto por el perfil de las personas involucradas como por el interés que despiertan los conflictos familiares y patrimoniales cuando salen del ámbito privado. Por ahora, serán las autoridades y los documentos legales los que tendrán el peso decisivo para establecer con claridad cuál era la situación oficial del empresario y qué derechos corresponden a cada parte dentro de este proceso.

Deja una respuesta